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Utilización de las Salas de Vistas de Viapol por los Juzgados de Primera Instancia y de lo Mercantil

Se dice en el Portal del Consejo General Procuradores de los Tribunales (con base en lo dispuesto Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España –Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre–) que entre las funciones de los Procuradores –y reproduzco parcialmente– está la de “colaborar con los órganos jurisdiccionales en la Administración de la Justicia” [www.cgpe.es].

Pues bien, en el ejercicio de ese deber de cooperar con los órganos jurisdiccionales a continuación reproduzco (esa es mi pequeña aportación), en comandita con la Revista La Toga, uno de esos gráficos que circulan por los juzgados (concretamente el que se encuentra publicado en la sede de Viapol del Colegio de Abogados de Sevilla, gentilmente facilitado por Nati) ligerísimamente modificado (“como si de un modelo industrial se tratase”) sobre el utilización de las Salas de Vistas de Viapol por los Juzgados de Primera Instancia y de lo Mercantil.

Con la expresa indicación de que los datos consignados en el mismo pueden sufrir modificaciones (incluso antes de que se distribuyese este número), espero que mientras tanto la información facilitada sea de utilidad para muchos de los lectores de la Revista La Toga.

Rafael Quiroga Ruiz

Procurador de los Tribunales

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