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Novedades Bibliográficas Nº 169

Código Técnico de la Edificación

El Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, aprobó el nuevo Código Técnico de la Edificación (CTE), marco normativo que establece las exigencias básicas de calidad, seguridad y habitabilidad de los edificios y sus instalaciones para que el sector de la construcción se adapte a la estrategia de sostenibilidad económica, energética y medioambiental, y se garantice la existencia de unos edificios más seguros, más habitables, más sostenibles y de mayor calidad. Recientemente se ha publicado el Real Decreto 1.371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico «DB-HR Protección frente al ruido» del Código Técnico de la Edificación y se modifica el CTE. En esta segunda edición se incluye en su lugar correspondiente dicho documento básico DB HR y se incorporan, a lo largo de las páginas, los más de 500 cambios introducidos por el mencionado Real Decreto y otras correcciones publicadas en el BOE en 2007 y 2008. Encabeza esta edición la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, con su texto actualizado, así como el Real Decreto 315/2006, de 17 de marzo, por el que se crea el Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación. Se completan las disposiciones legales con la Instrucción de 11 de septiembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, ante la consulta formulada por la Dirección General de Seguros sobre la forma de acreditar ante Notario y Registrador la constitución de las garantías a que se refiere la Ley de Ordenación de la Edificación. Los textos legales se cierran con la inclusión del citado Real Decreto 1.371/2007, de 19 de octubre. Finalmente, los índices sumario y sistemático, así como los dos extensos índices analíticos de materias referidos a los textos legales y al CTE, todos ellos puestos al día, facilitan la consulta del contenido de esta edición.

Autoempleo: Trabajo Asociado y Trabajo Autónomo

La obra parte de una contextualización del autoempleo, en el ámbito del empleo, como el resultado de una iniciativa emprendedora individual o colectiva, plasmada en un proyecto empresarial, que se desarrollará como trabajo autónomo o trabajo asociado, mediante la fórmula societaria que mejor se adapte a las características del proyecto y a las circunstancias de sus promotores: sociedades cooperativas o laborales, principales integrantes de la economía social.

El grueso del libro se dedica al estudio de cada una de las anteriores modalidades de autoempleo, iniciando con las sociedades cooperativas, que ocupan su mayor parte, donde se analiza su origen y evolución histórica, haciendo un recorrido por los principales hitos de su regulación jurídica hasta el vigente marco constitucional y competencial. Su naturaleza, ordenación societaria y políticas de apoyo en Andalucía, sus relaciones laborales y el régimen fiscal.

De las Sociedades laborales, antecedentes, evolución y marco jurídico actual, y del nuevo Estatuto del trabajo autónomo, se ocupan los dos últimos capítulos.

De los delitos y de las penas

La obra de Beccaria no es un tratado de derecho penal sino una denuncia de la situación de atraso y barbarie en que se encontraban en los países europeos, rebasada ya la mitad del siglo XVIII, los métodos empleados para juzgar y castigar los delito. Puede decirse que se trata de la primera reflexión sobre los problemas básicos de la justicia penal desarrollada a partir de los postulados de la Ilustración, lo que permite considerarla obra fundacional del moderno derecho penal.

Los estragos de la piqueta

Enrique Barrero, Presidente del Ateneo de Sevilla, es persona sobradamente conocida en nuestra Ciudad: escritor y ensayista, miembro de la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia y, hasta su reciente jubilación, Jefe de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, tiene, entre sus destacadas cualidades, una especial, cual es la de atraer voluntades para cooperar con la docta Casa en la labor emprendida de difundir la Cultura precisamente cuando la Sociedad se desliza vertiginosamente por meras invasiones tecnológicas.

En efecto, ya Mc. Luhan había proclamado que “el medio es el mensaje”; no obstante lo cual, el contenido de éste me parece imprescindible para la salvaguarda del “ser de cada cual” que define al Hombre y que defendieron los humanistas, desde el Renacimiento a las revoluciones burguesas en Europa (¿”raptada”, por propia culpa, como se lamentaba Díez del Corral?).

Barrero, ahora, hace un recorrido jurídico y sentimental por la Sevilla marcada otrora por la inmisericorde piqueta que arrumbó con fortalezas, que ya venían heridas. Así, palacios (Sánchez-Dalp), edificios emblemáticos (Hotel Madrid) desaparecieron ante el silencio de una ciudad callada; surgieron barrios de un evidente feísmo urbano, como Los Remedios; y la Ciudad de San Fernando crecía y se expansionaba hacia las colinas del Aljarafe… Conserva, sin embargo, documentos y títulos medievales sobre los Castillos de Cortegana, Alcalá de Guadaíra, Almonaster la Real, Encinasola, Fregenal…

Como jurista práctico (es decir experto en un derecho anclado en la vida misma) Enrique Barrero intervino, con memorables informes en cuestiones litigiosas y lo hizo, eso sí, desde una perspectiva de defensa de los intereses de los sevillanos. Asuntos muchos y de diferente contenido, pleitos municipales, apelaciones ante las instancias jurídicas, buceo, desde un reducido despacho, en los archivos del Cabildo, presencia incansable para comprender “de visu” el estado de cada cuestión… A los curiosos ofrece este autor-paseante rincones de interés histórico, sociológico y normativo. ¡Acompañémosle, pues!, por la antigua Audiencia Territorial (en la Plaza de San Francisco) y nos sorprenderá su magnífica fachada. En tan bello edificio se sentaron iuriconsultos eminentes: Jovellanos, Olavide, Bruna. Allí juraron su primer destino en Andalucía magistrados y jueces. Recuerdo, así, al venerable Presidente don Manuel Rueda y Roldán, siempre inclinado en su mesa de trabajo al lado de una lámpara que iluminaba los ingentes montones de folios de acumulados procedimientos y sus piezas unidas a los autos en “cuerda floja”… como se decía en expresiva alusión forense. Hoy nos podemos asomar a las Atarazanas, construidas en 1252 por Alfonso el Sabio, próximas a la puerta llamada del Aceite y regresando con la imaginación veremos un pasado inquieto con trabajos que ocupaban a calafateadores y carpinteros de ribera cuando Sevilla era marinera y navegante. Desde la Torre de Don Fadrique –que data del siglo XIII– nos acompaña Enrique Barrero a la Cartuja de Sevilla, con tributo obligado a Pickman y la inigualable cerámica que se cocía en sus bellos hornos, auténticas esculturas de la Sevilla industrial… y como es incansable el autor del libro comentado, se desplaza –nos desplaza– al Hotel Alfonso XIII, elegante hoy y, hasta hace décadas, objeto de pleitos y litigios, en relación a su explotación…

El Palacio de Altamira, que fue ayer ruina, actualmente aparece rehabilitado con sumo gusto y cuidado. Se detiene el autor en jardines que languidecían y han sido vitalizados con las nuevas parcelas de arbolado, y en esto sigue los primeros impulsos del Ateneo que fundaron intelectuales krausistas y liberales a finales del siglo XIX: Sales y Ferrer, Machado, científicos, naturalistas, etnólogos y promotores de excursiones a los pueblos de la provincia… Se salvó, por generosidad de la Infanta María Luisa, el parque que lleva su nombre y surguieron otros (Alamillo, Prado de San Sebastián) que nos compensan –creo– del aire contaminado de esos artilugios mecánicos que lanzara Ford y que conocemos como automóviles, a los que, empleando calificativo de una originaria jurisprudencia francesa, fueron tenidos como “de suyo peligrosos”…

Recuerdos, añoranzas y proyectos que evitan el amodorramiento ciudadano en una gran metrópolis, tocada también –es mi personal opinión– de quietismo y barroca tradición… Enrique Barrero callejea por la Ciudad y tal vez memoriza, por contraste con el actual adosamiento-acosamiento de las nuevas urbanizaciones, aquel “spatium legitimum” con que el Derecho Romano separaba los inmuebles según nos enseñaron maestros como Ursicino Álvarez, D’Ors, Pelsmaeker y tantos otros ya idos; espacio hoy imposible de sostener, dado el elevado precio de cada metro de suelo urbano… Los artículos de prensa recopilados por Barrero y publicados en el diario “ABC” sevillano (1976 a 1983) siendo director Nicolás Salas, nos muestran a un intelectual ocupado –preocupado– por lo que llama “pequeñas historias de Sevilla”, que resultan ser así una crónica puntual del latido de la Ciudad: desde sus muros derribados a las nuevas zonas perimetrales ha dedicado su esfuerzo a impulsar soluciones que abran la urbe a una sanación de los estragos de la piqueta. Calles que pasearan cronistas y vecinos eminentes, como Gestoso, Mateos Gago y Ramón Carande, y que albergaron los oficios de antaño, comienzan a ser caminos peatonales y pistas de novedosos ciclistas… Esto es, sin embargo, otro tema, que merecería también la atención de Enrique Barrero, andariego sevillano y, además, persona liberal, como son, quienes siguen creyendo en la utopía.

Manuel Rico Lara

* Pequeñas historias de Sevilla II. Estragos de la piqueta y algo más.

Círculo Mercantil e Industrial y Fundación Farmacéutica Avenzoar. 2007.

El expediente de Dominio

El Teniente Fiscal de la Audiencia de Sevilla Antonio Ocaña Rodríguez ha presentado un nuevo libro titulado Expediente de dominio, en acto que tuvo lugar en la sede sevillana del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, presidido por el decano territorial Manuel Martín Trincocortas-Bernat. Asistieron a la presentación las principales autoridades judiciales y numerosos juristas. Antonio Ocaña es colaborador habitual de La Toga. Transcribimos a continuación el inicio de la introducción del nuevo libro.

Introducción

El expediente de dominio, vulgo llamado, por la dificultad que a veces encierra, “expediente del demonio” entre no pocos oficiales y auxiliares de la Administración de Justicia, si es que no es llamado así también por quienes trabajan en los Registros de la Propiedad, es una de las actividades todavía encomendadas a la intervención y dictamen del Ministerio Fiscal.

Decimos “todavía” porque ignoramos si el legislador, cuando cumpla, si es que lo hace definitivamente, el mandato de la Disposición final decimoctava de la nueva LEC, va a respetar la esencia y estructura de la actual normativa sobre el expediente de dominio.

¿Es interesante la intervención del Fiscal en esta materia?. Podríamos decir con algún escolástico “distinguo secundum modum” y en castellano “depende”. Y en verdad depende de cómo se lleve a cabo esta labor en la práctica y de la medida en que los Jueces confíen en el buen hacer del Fiscal, un Fiscal en definitiva que es de desear algo especializado y que pueda ahorrar trabajo a Juzgados muchas veces sobrecargados con cientos de asuntos en marcha de la más diversa índole.

Al menos el Fiscal en materia civil tiene un campo por lo general más acotado pues despacha sobre todo asuntos en que está en juego un derecho fundamental, la constitución o modificación de un estado civil y la defensa de menores y de incapacitados…

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