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Memoria 2004 del Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria

Presentación

En el mes de junio de 2001, el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla puso en marcha un Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria (SOAJP), que tiene por objeto prestar asesoramiento y asistencia jurídica a las personas privadas de libertad en los Centros Penitenciarios ubicados en la provincia de Sevilla.

Este Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria se inserta dentro de los distintos Servicios específicos de Orientación Penitenciaria que el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla viene desarrollando, y presta asesoramiento y asistencia jurídica a las personas privadas de libertad en los Centros Penitenciarios ubicados en la provincia de Sevilla: Centro Penitenciario de Sevilla, Hospital Psiquiátrico Penitenciario y Centro Penitenciario de Mujeres de Alcalá de Guadaira, lo que supone una población total en torno a 1.950 personas.

Contenido de la prestación

El contenido del asesoramiento y asistencia jurídica que presta este Servicio se centra en todas aquellas cuestiones relativas a la vida del interno en prisión (derecho penitenciario), y en aquellas otras que guardan relación con la ejecución penal de la sentencia condenatoria, las cuales habitualmente no vienen siendo atendidas por los abogados de oficio intervinientes en los procesos penales.

Los Letrados del SOAJP no pueden interferir en la actuación de los abogados que lleven las causas penales a los internos, ni tampoco pueden asumir asuntos relacionados con otras materias (derecho civil, mercantil, familia, …), limitándose su función en estos casos a derivar el asunto al Turno de Oficio respectivo.

Letrados del SOAJP

El Servicio lo componen actualmente 48 Letrados. El sistema de acceso es libre y voluntario, si bien el ICAS ha establecido como requisitos:

– Ejercer la profesión de abogado en el partido judicial de Sevilla;

– Estar dado de alta en el Turno de Oficio (es decir, llevar tres años colegiado y haber realizado los dos cursos de la Escuela de Práctica Forense);

– Haber asistido a alguno de los Cursos de especialización en Derecho Penitenciario organizados a tal efecto por el Ilustre Colegio de Abogados Sevilla.

– Realizar durante tres meses unas prácticas previas en compañía de otro Letrado del SOAJP.

No obstante, entendemos que este Servicio no se justifica por sí solo, sino por la calidad que alcancemos en la prestación de este servicio público. Por ello, desde el principio hemos otorgado una gran importancia a la formación y especialización de los Letrados, para lo cual este año hemos organizado distintos Cursos y Jornadas, en los que se han venido abordando temas de máximo interés para el Letrado que presta el Servicio:

Desarrollo del período de prácticas durante tres meses del Curso de Formación Práctica en Derecho Penitenciario, el cual se celebró desde el 29-10-03 hasta el 17-12-03, durante el cual se analizaron todos los aspectos fundamentales en materia penal y penitenciaria, con el siguiente programa:

– Alternativas a la prisión: Suspensión, sustitución, expulsión e indulto.

– Abono de Preventiva. Acumulación jurídica de penas y refundición.

– Establecimientos y regímenes penitenciarios.

– Traslados y Conducciones.

– Comunicaciones y visitas.

– Ingreso, Clasificación y Tratamiento.

– Trabajo Penitenciario.

– Medios coercitivos, cacheos y registros.

– Permisos.

– Libertad Condicional. Beneficios Penitenciarios.

– Régimen Disciplinario.

– Extranjeros.

– Información, Peticiones, Quejas y Recursos.

– Asistencia Sanitaria.

– Asistencia Social Penitenciaria.

– Responsabilidad Patrimonial de la Administración Penitenciaria.

IV Jornadas Penitenciarias del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla (13-05-2004), en la que la Magistrada-Juez de Vigilancia Penitenciara de Sevilla, doña Cristina Loma Martínez y el Magistrado de la Audiencia Provincial de Sevilla, don José Manuel de Paúl Velasco, expusieron un análisis de la aplicación de las Reformas legilativas en materia penitenciaria. Las Jornadas finalizaron con una reunión formativa de Letrados del SOAJP.

Organización

Al frente del Servicio se encuentra una Subcomisión formada por cinco miembros y el Coordinador, la cual tiene encomendada, entre otras funciones, analizar y dar solución a las vicisitudes que surjan en el funcionamiento propio del Servicio. Tienen destacada importancia las funciones relacionadas con la formación de los Letrados del Servicio, concretada en el diseño, organización y desarrollo de cursos, conferencias y reuniones formativas. Igualmente, el Coordinador viene revisando la documentación propia del SOAJP con el fin de contrastar cómo se viene prestando este servicio público y corregir las posibles deficiencias.

Es de destacar durante este año la consolidación de la Subcomisión de Derecho Penitenciario en el seno del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, promovida precisamente por el SOAJP de Sevilla como consecuencia de la instauración de Servicios similares en todas las provincias andaluzas. Dicha Subcomisión, que se reúne con una periodicidad trimestral, la conforman los Coordinadores del SOAJP de los Ilustres Colegios de Abogados de Andalucía. Esta Subcomisión de Derecho Penitenciario se viene coordinando a la constituida por la Comisión de Turno de Oficio del Consejo General de la Abogacía Española en el año 2002.

Otras tareas realizadas por la Subcomisión en este período:

– Reuniones quincenales para organizar y supervisar el funcionamiento del Servicio.

– Reuniones periódicas con los responsables de los Centros Penitenciarios a fin de ajustar la mecánica de funcionamiento del Servicio.

– Reuniones con Juzgado y Fiscalía de Vigilancia Penitenciaria a fin de establecer los criterios de actuación procedimental para los Letrados del SOAJP.

– Atender y asesorar a internos y familiares que acuden a la sede del SOAJP.

– Atender y resolver dudas de los Letrados del SOAJP respecto a la mecánica de prestación del Servicio.

– Responder a las consultas que nos remiten por carta internos que se encuentran en prisiones de otras provincias.

– Organizar las sesiones formativas para los Letrados del SOAJP.

– Seguimiento de la asistencia de los Letrados del SOAJP a las sesiones formativas.

– Elaboración de un Proyecto de Reglas de Funcionamiento Interno.

– Reuniones trimestrales como miembro de la Subcomisión de Derecho Penitenciario del Consejo General de la Abogacía Española.

– Reuniones trimestrales como miembro de la Subcomisión de Derecho Penitenciario del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados.

– Preparación y desarrollo del taller sobre la L.O. 7/2003 en el II Encuentro Andaluz de SOAJPs, celebrado en Málaga los días 17 y 18 de junio de 2004.

– Participación en el VI Encuentro Estatal de SOAJPs celebrado en Salamanca del 12 al 14 de noviembre de 2004.

– Elaboración de los contenidos del apartado reservado al SOAJP en la página web del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla.

– Solicitud al Presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla que se remita al SOAJP copia de las resoluciones que las Secciones Penales dictan en materia penitenciaria, para su sistematización y estudio por los Letrados.

– Organización de las IV Jornadas Penitenciarias del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla (13 de mayo de 2004).

– Tutelaje del período de prácticas a desarrollar por los compañeros interesados en su adscripción al SOAJP.

– Charlas informativas sobre el SOAJP dirigida a los privados de libertad en el interior de los Centros Penitenciarios ubicados en la provincia de Sevilla.

– Impartición de seis horas lectivas en el Curso de formación para funcionarios de prisiones organizado por el sindicato Comisiones Obreras (abril de 2004).

– Atención a distintos medios de comunicación.

Modo de funcionamiento del Servicio

1º. El interno solicita por cualquier vía (carta, teléfono, familiares, instancias, etc.) que le atienda un Letrado del SOAJP, facilitando sus datos y la unidad en la que se encuentra, momento en el que se le incorpora en el listado de internos pendientes de atender.

2º. A la mayor brevedad posible un Letrado del SOAJP va a atender a ese interno, con la documentación correspondiente: ficha personal y hoja de consulta. Si el interno ya hubiera solicitado la atención del SOAJP anteriormente, el Letrado contará con el expediente que en su día se le abriera a dicho interno.

3º. Las consultas se atienden, no en los locutorios convencionales, sino en unas salas especialmente habilitadas al efecto, y que permiten la comunicación directa con el interno, sin barreras.

4º. El Letrado del SOAJP tiene acceso al expediente penitenciario del interno, previa autorización por escrito de éste.

5º. En el interior de prisión disponemos de un despacho con legislación, ordenador y formularios a fin de facilitar la redacción de escritos y la resolución de las consultas.

6º. Con el objeto de evitar la prescripción de los plazos de algunos escritos, se ha llegado a un acuerdo con el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria en virtud del cual el interno puede interponer ante dicho Juzgado el recurso contra una resolución, y en momento posterior el Letrado del SOAJP puede desarrollar y fundamentar dicho recurso.

7º. El Letrado que atendió la consulta será el mismo que realice todas las gestiones y recursos derivados de dicha cuestión hasta la última instancia, ofreciendo información puntual al interno del desarrollo de dichas gestiones.

8º. Las Secciones Penales de la Audiencia Provincial nos remitirán copia de las resoluciones que dicten en materia penitenciaria, para su sistematización y estudio por los Letrados del SOAJP.

Evolución anual de las consultas

Frente a los contrastes que tuvieron lugar a lo largo del primer año de funcionamiento, resulta destacable en este año 2004 que se mantenga la regularidad en cuanto a las consultas remitidas por los internos -manteniéndose en una media de 30-35 semanales- aunque en el último trimestre se ha producido un aumento considerable de éstas elevándose la media a semanal a 41-42.

En términos absolutos las consultas atendidas en este año 2004 (1.662) son superiores a las registradas en años anteriores acercándose a las contabilizadas durante el primer período de funcionamiento del SOAJP (junio 2001- mayo 2002: 605 consultas). En cualquier caso, lo que sí evidencian estas cifras es, por un lado, la alta demanda que del Servicio vienen haciendo sus destinatarios y, por otro lado, el mantenimiento de esa demanda a lo largo de estos tres años y medio de funcionamiento, lo cual demuestra que el éxito del SOAJP se debe a la satisfacción generada entre sus usuarios, lo que les lleva a acudir periódicamente al mismo.

Aproximadamente, el tiempo medio de retraso en la atención de las consultas desde la recepción de su solicitud en el SOAJP, ha sido de dos días, sin embargo el aumento de demandas registrado en el ultimo trimestre ha provocado la formación de una lista de espera de demandas pendientes de atención.

Actual cuadrante semanal de funcionamiento del SOAJP

Si bien este es el cuadrante de funcionamiento habitual, la aplicación del mismo se ha hecho con gran flexibilidad para evitar posibles perjuicios derivados por retrasos en la atención de la consulta, tratando así de adaptarnos en todo momento a las necesidades de los internos concretadas en el volumen de consultas que procedían de cada Unidad Penitenciaria, dando preferencia a la Unidad donde había consultas pendientes de atender.

Por otro lado y debido al aumento de demanda comentada, se ha solicitado la asignación al Servicio de Orientación y Asistencia Jurídico Penitenciaria de un Letrado/a más a la semana que pueda hacer que se vea reducida la lista de espera existente y el número de consultas que deben evacuar cada compañero en su día de guardia (ha pasado de 6 a 10 en el último trimestre).

Lunes

Un Letrado para atender la Unidad de Cumplimiento del C.P. Sevilla.

Un Letrado para atender la Unidad de Preventivos del C.P. Sevilla.

Miércoles

Un Letrado para atender en el Hospital Psiquiátrico, y en la Unidad de Mujeres.

Un Letrado para atender en la Unidad de Sección Abierta del C.P. Sevilla, y en el C.P. Alcalá de Guadaira.

Viernes

Un Letrado para atender en la Unidad de Cumplimiento, y en la Unidad de Preventivos del C.P. Sevilla.

Conclusiones

En primer lugar habría que destacar en este año 2004 la consolidación de la que goza el Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria, confirmando así la excelente acogida que tuvo por parte de los internos desde el inicio de su funcionamiento. Estos datos no vienen sino a confirmar la necesidad que tiene la población reclusa de un servicio de estas características que le informe y oriente respecto de los derechos que conserva en la fase de ejecución penal, y le asista a la hora de ejercitarlos ante las distintas instancias.

Más de mil seiscientas consultas (1.662) después de tres años y medio de funcionamiento así lo avalan, y evidencian la consolidación del Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria como un recurso jurídico necesario para la persona privada de libertad, al que acudir gratuitamente en casos de falta de información sobre la normativa o de discrepancia con las decisiones de la Institución Penitenciaria y el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

El segundo aspecto que cabe destacar en este año ha sido la regularidad que ha mantenido la demanda de la población reclusa, tanto en la evolución mensual de las demandas en este ultimo año, como en la evolución interanual, ya que entre el año de mayor demanda (1.662) y el de menos (1.474) apenas hay diferencia, así como el llamativo aumento de demanda en el último trimestre de 2004 (453) coincidiendo con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 15/03 de reforma del Código Penal así como con el aumento de la población reclusa.

Los índices más elevados de consulta por cada interno lo presenta la cárcel de Mujeres de Alcalá de Guadaira, con una media aproximada de 1 consulta por interna, incluyendo la presencia de internas del C.P. de El Puerto de Santa María que durante las obras en este Centro han estado cumpliendo varios meses de este año en la prisión de Alcalá.

El Centro Penitenciario de Sevilla, que retiene al 82’4% de la población reclusa de Sevilla, ha efectuado la mayor parte de las consultas atendidas por el SOAJP (96’42%) con una media de 97’4 consultas por cada 100 internos. Este dato supone un ligero aumento de las consultas en este Centro respecto al año anterior que estaba en 0’96 consultas por cada interno.

Si desglosamos estos datos por Unidades encontramos que son los internos penados de este Centro (Unidad de Cumplimiento) los que nos realizan casi la mitad (45’3%) del total de las consultas que atiende el SOAJP en los tres Centros Penitenciarios a lo largo del año, si bien presentan el coeficiente más bajo en proporción a la población reclusa. Los presos preventivos han efectuado casi una consulta por persona, lo que se puede interpretar desde el desconcierto que generó en la población reclusa la reforma penitenciaria. La Unidad de Mujeres presenta también una media de una consulta por interna. El bajo índice presentado por las consultas provenientes de Sección Abierta (dos en todo el año) tiene su explicación en que al llevar éstos un régimen de vida en semi-libertad pueden acceder a otros recursos externos similares al SOAJP.

El centro con menor índice de consultas es el Hospital Psiquiátrico Penitenciario: 23 consultas en total. Este bajo número de consultas recibidas se debe a la peculiaridad de las personas allí ingresadas. La patología mental que sufren les llevó el primer año a realizar mayoritariamente consultas o planteamientos sin ningún fondo jurídicamente sustentable. Esto nos llevó a acordar con la Gerencia de dicho Centro que ella misma nos remitiría aquellos casos en los que se pueda realizar alguna asistencia jurídica de utilidad para los pacientes, sin embargo en el ultimo trimestre de este año 2004 hemos celebrado con un resultado bastante positivo, tanto respecto a la asistencia como al desarrollo de la misma, la primera charla informativa sobre el SOAJP provocando un aumento de aumento de asistencias en este período (10 en el mes de noviembre y 7 en el de diciembre).

Los Letrados miembros de la Subcomisión del SOAJP vienen ofreciendo por las distintas unidades de las prisiones sevillanas charlas informativas dirigidas a los internos. Estas charlas aclaran a los internos cuestiones básicas para ellos como la independencia del SOAJP frente a la prisión, o las diversas opciones que tienen para hacernos llegar su solicitud de audiencia que no sea exclusivamente la de la instancia por conducto penitenciario. Resulta interesante constatar cómo los repuntes de solicitudes al SOAJP se producen como consecuencia de tales charlas informativas. Si bien ese efecto se percibe más claramente en aquellas Unidades donde la mayoría de los internos no permanecen largo tiempo (Preventivos), no deja de apreciarse también en otras, así en el Centro Penitenciario de Alcalá de Guadaira donde no se ha celebrado en el ultimo trimestre de 2004 el número de demandas ha descendido de manera llamativa, de lo que se deduce que conocen la existencia del SOAJP principalmente a través de las charlas informativas. Este dato revela que la información que los Centros Penitenciarios ofrecen a los internos que ingresan en los mismos respecto de la existencia del SOAJP es deficiente.

Respecto al contenido de las consultas, hemos notado la mayoría han sido relacionadas con las reformas legislativas en materia penitenciaria contenidas en las Leyes Orgánicas 5/03, 6/03 y 7/03, publicadas entre mayo y julio de 2003, las cuales afectaron fundamentalmente al régimen de recursos en la jurisdicción penitenciaria, al tercer grado y a la libertad condicional. La desinformación en la generalidad de la población reclusa sobre la nueva normativa que venía a reformar aspectos importantísimos de la ejecución penal, solo era comparable a la desolación que sufrían al conocer esas nuevas “reglas del juego” y las consecuencias concretas que iban a reflejarse en su caso particular.

Por otro lado, durante el ultimo trimestre de este año muchas de las consultas evacuadas han girado en torno a la entrada en vigor el 1 de octubre de la reforma del Código Penal contenida en la Ley Orgánica 15/03 y, al igual que respecto a las reformas legislativas en materia penitenciaria comentadas, la desinformación generalizada es el aspecto a resaltar.

Otras materias objeto de frecuente consulta son los permisos, la clasificación y los traslados de Centro Penitenciario. Éstas quejas por traslados se han multiplicado en los últimos años debido al incesante incremento de la población reclusa como consecuencia de las reformas penales y penitenciarias realizadas por el anterior Gobierno. Este aumento constante de la población penitenciaria tiene dos efectos colaterales: la vulneración del derecho de todo penado a cumplir la pena en Centro Penitenciario cercano a su lugar de residencia (art.12 LOGP), y el incumplimiento del derecho a celdas individuales (art.19 LOGP).

Continúa siendo motivo de frecuentes quejas por parte de internos del Centro Penitenciario de Sevilla tanto la no excarcelación de internos enfermos para acudir a las citas que tienen con médicos especialistas en Hospitales de la red pública sanitaria, como la falta de asistencia psiquiátrica. También viene resultando muy frecuente en la Unidad de preventivos la solicitud de que hagamos saber al letrado designado de oficio para el proceso penal su deseo de comunicarse con él, y en ocasiones la solicitud de la identidad misma de dicho Letrado.

Sobre ambas cuestiones el SOAJP efectuó en el año 2002 sendas quejas ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, siendo estimada la relativa a la no excarcelación para acudir a las citas médicas en Hospitales extrapenitenciarios (Auto de fecha 12-02-2002). El cumplimiento de dicha resolución judicial ha sido objeto de seguimiento por parte del Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria, constatándose el insuficiente grado de cumplimiento del citado auto pues, si bien ha mejorado algo la situación, continúan perdiéndose muchas citas médicas especializadas por no excarcelación de los internos necesitados de dicha asistencia.

Sobre la falta de asistencia psiquiátrica el SOAJP planteó otra Queja al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, basándonos entre otros datos en que dicha asistencia se limitaba a la visita de un psiquiatra una vez al mes. Posteriormente la periodicidad del citado especialista ha pasado a ser quincenal y la Queja fue desestimada por el Juzgado, si bien consideramos que la asistencia psiquiátrica sigue siendo deficiente y está muy lejos de prestarse en condiciones análogas a la prestada al conjunto de la población como exige el artículo 208 del Reglamento Penitenciario.

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