La competencia pública de tecnología innovadora
I. Necesidad y naturaleza
Las sociedades avanzadas demandan nuevos servicios públicos, una mayor calidad de los existentes y un aprovechamiento óptimo y visible de los recursos económicos y tecnológicos de los que se dispone. El sector público español no puede resultar ajeno a esta demanda, y así deberá enfrentarse a nuevas perspectivas que exigen una respuesta firme y decidida de los poderes públicos, esto es, la modernización de sectores e inversión en I+D+i.
La Compra Pública de Tecnología Innovadora -en adelante, (CPTi)- ofrece una respuesta óptima a la creciente demanda experimentada, configurándose como un tipo de contratación aplicable a I+D+i, que posibilita desarrollar nuevas aplicaciones o soluciones innovadoras aún en desarrollo o fuera del alcance del comercio normalizado. A este respecto, el sector público, mediante la adopción de fórmulas que permitan desarrollar la CPTi, puede incrementar el sector I+D+i nacional, fomentar la competitividad empresarial e impulsar programas públicos de apoyo.
El Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, mantiene la medida innovadora del otorgamiento de incentivos a las entidades que efectúen este tipo de contratación.
En España, la licitación pública representa el 13% del PIB (2010) y el gasto público supera un tercio del total, dato que deja patente la fuerza del patrocinio público en una buena parte de las operaciones de mercado. La prioridad del país es el cambio del modelo productivo y la innovación, por lo que estas cifras van necesariamente encaminadas a hacer realidad esta finalidad de modernización.
A pesar de la flexibilidad que la legislación ofrece en materia de contratación pública, España todavía no ha entrado de lleno en este tipo adquisiciones, quizá por motivos de desconocimiento o tendencia a los procedimientos más tradicionales y conocidos, tal vez por cierta búsqueda de seguridad mediante fórmulas más repetidas o comercialmente controladas, o, finalmente, por la presencia de otros motivos de exclusivo conocimiento de los poderes públicos. Sin embargo, la comparación con otros países y el creciente interés que despierta en foros económicos, permite afirmar que la necesidad existe y que se dispone de los instrumentos adecuados para satisfacerla.
Por este motivo, y en el escenario económico actual, la contratación pública de tecnología innovadora resultará vital para el impulso de la I+D+i empresarial.
Sin embargo, es necesario definir, compartir y ejecutar los mecanismos adecuados que introduzcan esta figura de contratación en el marco público actual, y la hagan común al normal proceder de la generalidad de las Administraciones Públicas.
II. La Colaboración Público-Privada en relación con la Compra Pública de Tecnología Innovadora
La Colaboración Público-Privada es una fórmula de cooperación, novedosa en su regulación mas largamente utilizada en la práctica, que permite que las actuaciones tendentes a estipular contratos se doten de más y mejores medios técnicos, jurídicos y financieros, como consecuencia de la unión de las experiencias de los sectores público y privado.
Además, y como característica fundamental, el comprador público comparte los riesgos con las empresas privadas, puesto que no exige la utilización o uso exclusivo de estas soluciones innovadoras, lo que permite abaratar los costes. De otro lado, el hecho de que la elección de estas posibles soluciones se haga en un régimen de competencia, abierto y con pluralidad de empresas licitadoras, facilita que el comprador público pueda optar por la mejor solución al mejor precio posible.
Así, la CPTi se presenta como un mecanismo eficaz de iniciación en la práctica de contratos de CPP. Si bien se evidencia una escasa regulación de este tipo de mecanismo, es cierto que proporciona diversas ventajas: compartir visiones, riesgos y beneficios, y adquirir por parte de la Administración Pública “proyectos de innovación”.
De este modo, podrán desarrollarse proyectos en los sectores que, debido a su especialización y demás aspectos técnicos, demanden soluciones que se aparten de la fórmula tradicional de relación “empresa privada-Administración Pública” (es el caso del sector I+D+i). El contrato de CPP mediante el que se posibilita la ejecución de proyectos en esta área, exige la relación recíproca, continuada y flexible entre el sector público y el sector privado. Ambos aspectos, interactúan con los principios conformadores de la contratación pública: concurrencia, transparencia, no discriminación en la adjudicación de contratos, eficiencia y economía en gasto público.
Diversos textos definen la figura de referencia y a su vez ofrecen fórmulas a través de las cuales se posibilite llevar a cabo su contratación utilizando los mecanismos propios de la CPP. Destaca el Libro Blanco que configura a la CPP como “una forma de relación extendida en el tiempo entre agentes del sector público y empresas, que permite, en un clima de confianza mutua, compartir visiones, riesgos y sus beneficios. Tales características hacen que esta modalidad de relación pueda ser un buen soporte para sustentar la CPTi”.
Se destaca así que la CPTi tiene un carácter particular en los sectores público y privado, al exigir la interacción estrecha y continuada entre ambos, así como una flexibilidad mayor que difiere de la de los contratos “tradicionales”. Mediante el fuerte compromiso mutuo, se consigue minimizar los posibles riesgos y optimizar la adaptación a las necesidades del usuario público.
Ante esta situación, diversas son las áreas de la Administración Pública que pueden hacer factible la aplicación de la CPTi. Resulta palmario que en estas áreas, mediante las adecuadas políticas de fomento, se aumenta la capacidad tecnológica de las empresas, facilitándose su participación en procesos de licitación de CPTi.
III. Compra Pública de tecnología Innovadora en la práctica
La CPTi se entiende como un mecanismo para desarrollar contratos de CPP, permitiendo la creación de proyectos que, debido a su especialización y carácter técnico, demanden soluciones alejadas de la habitual relación “Sector Privado-Sector Público”.
Las áreas o sectores con probables oportunidades para la CPTi, son las siguientes:
1) En primer lugar, en relación con la Administración Electrónica, las actuaciones que pueden surgir en este sector son: la modernización tecnológica e interoperabilidad de procesos administrativos complejos y atomizados, nuevas aplicaciones relacionadas con DNI electrónico y nuevas oportunidades derivadas de la exigencia legal de aplicación de medios electrónicos en la contratación pública.
2) Respecto a estas nuevas oportunidades, se destacan, entre otras, los aspectos que pueden impulsar la contratación electrónica: registro electrónico de licitadores y empresas clasificadas, institucionalización de la Plataforma de Contratación del Estado -como punto de información de contratación y de publicidad con efectos legales-, planteamiento de Plataforma de licitación y subasta electrónica -como sistema de desarrollo para los órganos de contratación con efectos legales-, evolución del Sistema de Adquisición Centralizada de bienes y servicios de utilización común a un Sistema dinámico de contratación, e impulso de la institucionalización del perfil del contratante.
3) Otra área importante a tener en cuenta es la de la Seguridad, cuyas posibles oportunidades pueden estar relacionadas con problemas importantes como la inmigración, el control de fronteras por tierra y mar, el sistema de control de mercancías y puestos fronterizos y el control de infraestructuras.
4) Asimismo, en materia de Sanidad, entre las oportunidades posibles se encuentran la mejora potencial de la medicina local con video-consulta a especialistas que se encuentren en hospitales remotos, pruebas diagnósticas a distancia, etc., aumentando así, la calidad de vida de la población.
5) En el campo de la Educación, entre las oportunidades de especial interés se encuentra la educación a distancia (e-learning), con las correspondientes ayudas para tutorías a distancia, clases interactivas, distribución de material, realización de pruebas, etc.
6) Del mismo modo, en la esfera de la Cultura, las oportunidades de mayor importancia se centran en la creación de portales web innovadores para fomentar el turismo y portales web para la difusión de diversos aspectos propios de cada comunidad autónoma.
7) Finalmente, en el ámbito de los transportes, las oportunidades a tener en cuenta, se encuentran relacionadas con: control de vehículos y seguridad global a todos los niveles. De igual forma en materia de infraestructuras hidráulicas, o mecanismos de gestión técnica de la misma.
IV. Algunas reflexiones ligadas al carácter público de la Compra Pública de Tecnología Innovadora
Dentro del contexto de la contratación pública, se pone de manifiesto que sus principios conformadores (competencia, transparencia, no discriminación en la adjudicación de contratos, eficiencia y economía en gasto público), rigen igualmente para las CPTi.
Este tipo de proyectos de las Administraciones Públicas, presenta ciertas características, como la multiplicidad de objetivos, la ausencia de competencia con otros proyectos y la interactuación con otros departamentos. Dichas características deben ser conocidas por el vendedor de la CPTi, para adaptar consecuentemente su gestión, consiguiendo una mayor eficiencia. Del mismo modo, los agentes del sector público interesados en la CPTi han de tener conocimiento de las prácticas que integran todo el proceso formal de compra en los procedimientos de licitación pública. Conocerlas puede ser útil para la CPTi, fortaleciendo a la vez su eficiencia. Las prácticas son las descritas a continuación:
1) Entre las previas a la apertura del proceso de licitación, destacamos la Vigilancia tecnológica y de Mercados, que consiste en la temprana identificación de la demanda. Asimismo, también se engloban dentro de estas prácticas previas la individualización y coordinación de mercados, que persigue la agregación de la demanda.
2) Por su parte, el Diálogo técnico también forma parte de estas prácticas y está vinculado a la oportunidad de colaboración con centros de conocimiento avanzado en tecnología y con empresas innovadoras en este sector.
3) Finalmente, la Gestión de Ofertas no solicitadas permite a las empresas más diligentes ofertar a las Administraciones Públicas productos o servicios no demandados por éstas que, incluso, puedan desconocer.
V. Conclusiones
La CPTi es un instrumento de importante valía para la Administración Pública en sus iniciativas de I+D+i, pues aúna las ideas y proyectos públicos de mejora y desarrollo de la sociedad de la información y la comunicación, con las experiencias privadas en tecnología avanzada. Como principal ventaja, la CPTi ofrece la posibilidad de adquirir productos y servicios TIC con mayores ventajas que los ya existentes en el mercado.
La contratación pública de tecnología innovadora puede llegar a ser en una de las herramientas primordiales para el desarrollo del I+D+i empresarial, principal objetivo de la Estrategia Estatal de Innovación del Sector Público español. A tal fin será necesario concertar los instrumentos adecuados que permitan la expansión de esta nueva figura de contratación entre todas las Administraciones Públicas en los diferentes niveles de competencia.
La CPTi promueve la I+D en las empresas, siendo un instrumento de política industrial muy utilizado en EEUU y en otros países potencialmente líderes en I+D+i. Los beneficios inherentes a las CPTi sólo estarán al alcance de aquellas Administraciones que tengan una clara voluntad de incorporar este instrumento en sus políticas y comprometan medidas y recursos necesarios para favorecer una gestión eficiente.