Seleccionar página

De las costas procesales y la información al cliente

De las costas procesales y la información al cliente

Los conflictos judiciales suelen tener un desenlace no deseado e incluso inprevisto; podemos estar en el pleno convencimiento de que al plantear demanda el órgano judicial nos dará la razón pues conocido todos los aspectos ofrecido por el cliente se nos antoja como entelequia la oposición; lo cierto es que en ocasiones nos encontramos con resoluciones sorpresivas, contrarias a los intereses que defendemos, ya porque no hemos obtenido del cliente toda la información, ya porque la prueba ha sido ínfima y no hemos llegado al convencimiento del Juzgador, o incluso porque este no ha entrado en los aspectos ofrecidos como esenciales, en cualquier caso estaremos ante una resolución desestimatoria con expresa condena en costas, de las costas procesales ¡que lastre para el cliente!.

No son pocos los compañeros, fundamentalmente aquellos que no han tenido una pasantía o no han tenido la inquietud de incorporarse previamente a una Escuela de Practica Forense, que omiten a sus clientes la posibilidad del gravamen que supone las costas procesales.

Recientemente me ha llegado a mi Despacho un señor de avanzada edad que debía a mi cliente una determinada cantidad por motivo de un contrato de obra; este después de requerirle en diversas ocasiones para que abonara el resto de la obra no tuvo otra opción que concertar mis servicios a fin de presentar la correspondiente demanda. Lo cierto es que la litis estaba bastante clara (presupuesto, forma de pago, certificaciones, etc…) y por tal el Juzgado estimo totalmente la demanda condenado en costas al indicado señor; con posterioridad, al no producirse el pago voluntario, se procedió a la ejecución así como ha tasar las costas que a su vez fueron impugnadas con la consecuencia de una segunda condena al desestimarse tal impugnación.

Después de concretarse las cantidades por tales condenas, el indicado señor me pide cita sin advertirme que era el demandado y cual su problema. Ya en mi despacho me refiere que al oponerse a la demanda su Letrado le indico que podía ser condenado a lo reclamado junto con los intereses y a una cantidad, sin especificar, en concepto de costas; nunca pudo imaginar que fueran de tal cantidad.

Ciertamente todo ciudadano conoce que perder un pleito conlleva tener que pagar al Abogado y Procurador contrario pero no su cuantía. Creo firmemente que en el correcto asesoramiento está indicar un montante aproximado de cuáles pueden ser las costas; no es ético ocultar esa realidad por temor a perder un asunto, no olvidemos que el problema lo tiene el cliente y retrasar sus consecuencia en el tiempo, si no le damos toda la información, al final lo perderemos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Colaborar en LTD

Colaborar en LTD

Si quieres escribir un artículo en nuestra revista, envíanos un mail y si es de interés para el colectivo, lo publicaremos.

Suscríbete a nuestro
Newsletter

Recibe el mejor resumen de contenidos.
Artículos, información legal, actualidad, formación y mucho más.
Compromiso de contenidos de primer nivel.

El Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla tratará los dato que nos facilite con el fin de enviarme información exclusiva relacionada de La Toga Digital. Tiene derecho a acceder a sus datos, rectificarlos y suprimirlos, así como a otros derechos. Más información en nuestra política de privacidad