Comisión de Turnos de Oficio nº 154
Nuevas módulos y bases de compensación económica. Orden de 8 de marzo de 2005
Jurisdicción Penal Euros
Asistencia ordinaria al detenido 79,33
Servicio de guardia de asistencias (hasta 6 asistencias) 138,33
Servicio de guardia (más de 6 asistencias) 277,67
Procedimiento con Tribunal del Jurado.
(*) Delitos contra la vida 567,00
Procedimiento con Tribunal del Jurado.
(*) Resto de delitos 462,78
Procedimiento penal general (*) 330,56
Procedimiento penal abreviado (*) (**) 251,22
Proc. enjuiciamiento ráp. delitos sin conformidad (*) (**) 251,22
Proc. enjuiciamiento ráp. delitos con conformidad (*) (**) 200,98
Menores 132,22
Menores,
Pieza separada responsabilidad civil L.O. 5/2000 92,79
Expedientes penitenciarios 132,22
Juicio de faltas (**) (***) 76,03
Desplaz. Juicio oral -(Jurado, penal gral., abreviado) para abogados cuyo despacho oficial esté en partido judicial distinto del de la sede del Juzgado de lo Penal o de la Aud. Prov. 26,44
Jurisdicción Civil Euros
Proceso ordinario 264,44
Tercerías 264,44
Proceso verbal (*) 112,39
Procesos s/ capac., filiación, patern. y matern. (salvo expedientes del art. 763 de la L.E.C.) 231,39
Proc. matrimonial contencioso completo (incluida nulidad) 297,51
Proceso matrimonial de mutuo acuerdo 142,14
Procesos de desamparo, tutela y guarda 298,08
Medidas previas y coetáneas 79,33
Modificación de medidas 178,50
Proceso s/ división judicial de patrimonios (****) 198,33
Procesos monitorios (***) 99,17
Procesos cambiarios 198,33
Exp. de jurisdicción voluntaria y de internamiento no voluntario por razones de trastorno psíquico (***) 198,33
Otros proc. civiles (excluida la ejecución de sentencias) 198,33
Jurisdicción Contencioso-Administrativa Euros
Vía administrativa (extranjería)
Recursos contra deneg. permiso trabajo y residencia 66,11
Alegaciones en expedientes de expulsión 66,11
Recursos de revisión 66,11
Rec. Resoluc. s/visa de tránsito/estancia y su prórroga 66,11
Expedientes de asilo 66,11
Rec. contra resol. deneg. entrada, de retorno y devolución 66,11
Recurso contencioso-administrativo
Recurso contencioso-administrativo ante la Sala 198,33
Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado en procedimiento ordinario 198,33
Procedimiento abreviado ante el Juzgado 123,72
Apelación 111,07
Jurisdicción Social Euros
Procedimiento íntegro 148,09
Recurso de suplicación 76,03
Jurisdicción Militar Euros
Fase sumarial 111,07
Juicio oral 111,07
Recursos Euros
Apelación civil 111,07
Apelación penal 111,07
Apelación jurisdicción del menor 111,07
Apelación faltas 82,48
De casación cuando no se formaliza y sólo hay anuncio 26,44
De casación, (cuando resuelva el TSJA) 257,83
Normas Generales Euros
Informe de insostenibilidad 29,76
Transacciones extrajudiciales 75 % proc.
Ejecución sent. trans. dos años resol. instancia 111,07
(*) En estos procedimientos los Abogados computarán el baremo hasta un total de cinco días de vistas celebradas. Si éstas superan dicho número, se abonará, por cada día de más, el importe que resulte de dividir por cinco el baremo correspondiente al procedimiento respectivo.
(**) Incluye la defensa de víctimas de violencia de género.
(***) Cuando su intervención sea preceptiva o se requiera expresamente por la autoridad judicial, de conformidad con el art. 6.3 de la Ley 1/1996, de asistencia jurídica gratuita.
(****) Cuando no se derive de proceso de nulidad, separación y divorcio.
Momentos del devengo de la compensación económica
Los Abogados devengarán la retribución correspondiente a su actuación en el turno de oficio, cuando así lo acrediten ante su respectivo Colegio Profesional, con arreglo a los siguientes porcentajes:
Un 70 por ciento:
• En procesos civiles, incluidos los de familia, a la presentación de la copia de la resolución de admisión de la demanda, reconvención, teniendo por contestada aquélla o despachado auto de ejecución.
• En las apelaciones civiles, a la presentación de la copia de la resolución admitiendo a trámite el recurso o, en su caso, la personación en la alzada.
• En los procedimientos penales, la presentación de la copia de la sentencia.
• En las apelaciones penales, a la presentación de la copia de la resolución judicial teniendo por formalizado o impugnado el recurso o del señalamiento para la vista.
• En los recursos de casación formalizados ante el T.S.J.A., a la presentación de la copia de la providencia por la que se tenga por formalizado el recurso.
• En el resto de procedimiento judiciales, a la presentación de la copia de la diligencia judicial acreditativa de la intervención del Letrado.
Un 30 por ciento:
• En los procedimientos penales, a la presentación de la copia de la diligencia o solicitud de actuación procesal en que intervenga el Letrado.
• En apelaciones penales, a la presentación de la copia de la sentencia o resolución que ponga fin a la instancia.
• En el resto de procedimientos, a la presentación de la copia de la sentencia o resolución que ponga fin a la instancia o procedimiento.
Los Abogados devengarán la totalidad de la retribución:
• En ejecuciones de sentencia transcurridos dos años desde la resolución de la instancia, una vez dictado el auto por el que se despacha o dictada resolución final.
• En la vía administrativa previa, a la presentación de la copia de la resolución o acto administrativo que suponga la finalización del procedimiento.
• En los recursos de casación no formalizados, a la presentación de la copia del informe dirigido al Colegio, fundamentando la inviabilidad del recurso.
• En las transacciones extrajudiciales e informe de insostenibilidad de la pretensión, se devengará la totalidad de la compensación económica correspondiente, a la presentación del documento suscrito por el interesado o del informe de insostenibilidad.
Nuevo Cuadrante de Justificación de Turnos de Oficio