Justificación Turnos de Oficio
Estimado/a Compañero/a:
Por la presente te recuerdo la obligación legal de acreditar dentro de plazo las actuaciones que desarrollamos en materia de Asistencia Jurídica Gratuita, en los términos que establecen los artículos 40 y 41 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de Andalucía (Decreto 273/01, de 18 de diciembre), y la Orden de 8 de marzo de 2005.
Consecuentemente, resulta absolutamente necesario que justifiqueís ante el Colegio las Asistencias en el plazo de un mes, y los Turnos de Oficio dentro de los siguientes tres meses, ya que los asuntos justificados extempóraneamente no podrán ser abonados por la Junta de Andalucía.
Sin otro particular, recordandoós que para cualquier duda, incidencia o sugerencia, estamos a vuestra entera disposición, un cordial saludo,
Patricia Martínez-Conradi Álamo
Comisión de Turnos de Oficio